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Cambios Reglamentarios - Miembro Titular (SAC)

Cambios reglamentarios
Miembro Titular

Comparación entre reglamento anterior y versión actualizada

Cambios principales

1
Requisitos para adherentes
Antes
  • Se exigían 2 trabajos científicos presentados y 1 trabajo aceptado para publicación; alternativamente, 2 publicaciones.
Ahora
  • Se aclara que los trabajos deben haber sido presentados como adherente o como primer autor.
Nuevo 2025
  • Se acepta constancia de aceptación de un trabajo para ser presentado, ad referéndum de su presentación efectiva.
  • La publicación debe haber sido realizada siendo miembro adherente.
2
Requisitos para activos
Antes
  • Se exigía 1 trabajo presentado como activo y 1 publicación aceptada; alternativamente, 2 publicaciones.
Ahora
  • Se aclara que el trabajo puede haber sido presentado personalmente como activo o como primer autor.
  • Se armonizan los criterios con los del inciso de adherentes.
3
Publicaciones válidas
Antes
  • Ya se aceptaban RAC, revistas reconocidas, consensos SAC, guías, libros y artículos PROSAC.
Ahora
  • Se exige notificar a la RAC o a la revista el uso de la publicación para cambio de membresía y adjuntar la nota de respuesta.
  • En consensos SAC y PROSAC se solicita nota del área correspondiente.
  • En libros se solicita notificación al editor y nota de respuesta.
  • Casos clínicos y cartas editoriales no son válidos para cambio de membresía.
4
Circuito administrativo
Antes
  • Se solicitaba a Comisión Directiva la inclusión en la nómina de candidatos.
Ahora
  • El postulante debe elevar la solicitud con la documentación requerida en fechas habilitadas.
  • Los candidatos que reúnan los requisitos serán incluidos en nómina y elevados a Comisión Directiva para evaluación y aprobación.
5
Documentación e impacto
Se agrega
  • Copia de aceptación de trabajos ad referéndum.
Se agrega
  • Copia posterior de la presentación efectuadas.
Se mantiene
  • Solicitud, título, CV y constancias de trabajos o publicaciones.
Impacto
  • No reduce las exigencias.
  • Refuerza la trazabilidad.
  • Formaliza el proceso ECAR-Comisión Directiva.
  • Aclara la condición del postulante al momento de generar los antecedentes.
Síntesis del Ajuste
La actualización del reglamento de Miembro Titular mantiene el nivel académico exigido, incorpora precisiones sobre autoría y condición del postulante, suma la modalidad ad referéndum desde 2025 y fortalece el circuito documental y administrativo ante el ECAR.