Coordinadores: Dra. Amalia Descalzo - MTSAC, Dr. Alberto Cardone - MTSAC
Actividades en los Consejos
Aspectos Psicosociales en Cardiología
Aterosclerosis y Trombosis
Cardiología Clínica y Terapéutica
Cardiología Nuclear
Cardiología Pediátrica y Cardiopatías Congénitas del Adulto
Cirugía Cardíaca
Ecocardiografía y Doppler Cardíaco
Electrocardiografía, Electrofisiología, Arritmias y Marcapasos
Emergencias Cardiovasculares
Enfermedad de Chagas
Enfermería en Cardiología
Epidemiología y Prevención Cardiovascular
Ergometría y Rehabilitación Cardiovascular
Cardiología Intervencionista y Hemodinamia
Hipertensión Arterial
Insuficiencia Cardíaca
Investigación Básica
Resonancia Magnética y Tomografía Computada Cardiovascular
Stroke
Técnicos en Cardiología
Modificación al Reglamento Interno de SAC en referencia al Comité Ejecutivo de los Consejos Científicos.
Artículo 36: Del Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo estará integrado por un Director, dos Secretarios denominados Científico y Técnico respectivamente y 10 (diez) Vocales, 5 (cinco) titulares y 5 (cinco) suplentes, denominados 1 º, 2º, 3º, 4º y 5º respectivamente. Todos los postulantes a cubrir cargos ejecutivos de Consejo deberán ser por lo menos Miembro Adherente de la SAC, a excepción del director y secretario científico que deberán ser Miembros Titulares. El Director durará 1 año en sus funciones. Podrá ser reelegido por un segundo año si es propuesto por el 66% de los miembros que integran el Consejo en pleno. Si el Director dura 1 (un) año en sus funciones el Secretario Científico lo sucede en el cargo al terminar su mandato, previa aprobación por CD de la SAC a propuesta del Consejo Directivo más Consejo Asesor. Si el Director dura 2 (dos) años en sus funciones, el cargo será elegido en votación secreta del Consejo Directivo, a partir de la nominación del/los secretarios científicos que ocuparon dicho cargo en los 2 últimos años, y su designación deberá ser aprobada por la CD de la SAC a propuesta del Consejo Directivo más Consejo Asesor. Los Secretarios Científico y Técnico durarán un año en sus funciones. Para Secretario Científico o Técnico podrán postularse cualquier miembro del Comité Ejecutivo y con trayectoria de cuando menos 2 años en Comité Ejecutivo y serán elegidos en votación secreta del Consejo Asesor y Comité Ejecutivo en pleno. Cualquier Secretario Científico o Técnico que no haya progresado por medio de votación a un cargo superior, puede postularse nuevamente a votación secreta solamente a un cargo de vocal. Los restantes miembros del Comité Ejecutivo (vocales) durarán 2 años y serán elegidos en votación secreta del consejo en pleno. Pudiendo a partir de la votación secreta del consejo en pleno cumplir con 2 reelecciones (total 6 años) Luego de 6 años de permanencia debería dejar su cargo de vocal, o haber sido nombrado Secretario Técnico o Científico en cualquier momento de su trayectoria como Vocal. Los Vocales elegidos se incorporarán en los últimos puestos de la nómina según el número de votos. En ningún caso deberá renovarse a la totalidad de los Vocales en forma simultánea, por lo que los Consejos están facultados para evitar esto a acortar por única vez algunos períodos.
Correo electrónico: consejos@sac.org.ar